Comunicado para la expedición certificados o carnes de instaladores autorizado
Desde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se está trabajando en la adaptación de los Reales Decretos que regulan las distintas figuras de los Instaladores Autorizados a la Directiva de Servicios de la Unión Europea, y prevemos que esto va a suponer importantes cambios. Por tanto, se recomienda encarecidamente que todos aquellos participantes que aprobaron las pruebas de aptitud celebradas el pasado 12 de diciembre de 2009, para la obtención de certificados o carnés de instaladores autorizados en sus distintas modalidades, presenten la documentación pertinente con la mayor urgencia posible, para que puedan llevar a cado la expedición de los carnes o certificados lo antes posible.
Tal como se indica en la base quinta de la Convocatoria, Resolución de 3 de agosto de 2009, una vez superadas las pruebas, la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa donde superó las pruebas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acompañada de la documentación que para cada modalidad se señala en el Anexo I de la misma.

